Foro para los administradores de loterías
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Pues creo que lo tienes crudo. Al vendedor le habrán pasado "la cuenta" del incremento de patrimonio estimado por la Delegación de Hacienda correspondiente. No está legislada ninguna tarifa y en cada sitio aplican el porcentaje multiplicador que "toman informándose por algunas de las gestorías de compra-venta de administraciones de su zona."
Así pueden ir desde multiplicar las comisiones brutas anuales por un 3,5 hasta un 2 en algunos sitios. Porque lo que figura en la escritura de compra-venta puede "estar luego inflado en dinero B" y no parece se fían. En tu caso lo mejor es que consultes en una gestoría dedicada a estos temas ya que el asunto está "cogido con alfileres" e incluso interpretaciones. |
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http://infoautonomos.eleconomista.es/ideas-de-negocio/traspaso-de-negocios/ Se explican algunas modalidades de traspaso de negocio y su tributación. En cualquier caso y por las circunstancias de nuestro colectivo, es conveniente tratar el tema con alguna Gestoría especializada en ventas de Administraciones de Lotería, dadas las connotaciones con SELAE. Espero sirva de ayuda |
Hombre, qué bien, " Es facilísimo hacer una venta. Si no lo habéis hecho de manera correcta, quizás merezcan el castigo".
Pues si no se ha hecho bien no será tan fácil hacerlo ¿no?. ¿De persona física a persona física? ¿De persona física a S.L.? De persona física a S.L.U.? ¿De S.L. a S.L.?, de S.L.U a persona física?, etc. Nada, te vas al notario, escrituras la venta y a esperar lo que te diga Hacienda. Como vender un piso, chupado.Ni incrementos patrimoniales, ni amortizaciones, ni declaraciones, na de na. |
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