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Foro de loterias y loteros - Infolot

Foro para los administradores de loterías

Factura


Un cliente me ha pedido una factura por los decimos de navidad que se ha llevado, nosotros podemos emitir facturas??
Permalink Pilar  
01-12-2016 20:11

No puedes emitir facturas. No eres tú quién vende, es Selae. Puedes hacer nota de entrega.
Permalink Admon  
01-12-2016 20:31

Perfecto! Muchas gracias!!
Permalink Pilar  
02-12-2016 15:42

Tienes que ponerte en contacto con tu Delegación . Les adjuntas los datos de la compra (cantidad de décimos ,importe, serie , fracción, nombre del comprador , y un e-mail para que SELAE les envíe la factura.
Permalink FACTURA  
03-12-2016 19:22

Que pague con tarjeta, y luego pida factura.
Eso de no emitir factura...
Permalink sin factura? sin iva?  
04-12-2016 00:05

Sin factura, que estamos en España.
Permalink 69  
04-12-2016 00:06

Mande?, claro que vendemos producto made selae como el 90% venden productos fabricados por terceros y tenemos nuestro nif o dicho de otra manera estamos en una franquicia lo mismo nos facturan podemos facturar sin iva claro.
Permalink eso  
04-12-2016 01:26

Somos gestores de juego, comisionistas. El producto que vendemos no es nuestro, no lo compramos para revenderlo. El que vende es Selae.

No puedes facturar su venta. Debe hacerlo Selae. Es más, tus ventas no son el importe por el que vendes. Esas ventas son de Selae. Tus ventas son tu comision.
Permalink Admon  
04-12-2016 02:51

Somos gestores de juego, comisionistas. El producto que vendemos no es nuestro, no lo compramos para revenderlo. El que vende es Selae.

No puedes facturar su venta. Debe hacerlo Selae. Es más, tus ventas no son el importe por el que vendes. Esas ventas son de Selae. Tus ventas son tu comision.
Permalink Admon
04-12-2016 02:51


Comencemos por la sarta de chorradas habituales:

1) "Somos gestores de juego, comisionistas": entonces afirmas que trabajáis para otros, luego en teoría sí podría facturar como cualquier empleado de cualquier centro comercial o cualquier empleado de cualquier gasolinera de España que trabajase para una empresa matriz, y más todavía si fuesen gestores de dichos establecimientos, etcétera. Vamos, menuda seriedad de empresa matriz, es para echar a llorar. Que no se haga factura en la adquisición de Loteria es porque no tiene IVA y el recargo siempre se especifica como donativo, y por lo tanto no se debe incluir en el Modelo 347. Pero eso no exime de que haya una auténtica laguna legal y un vacío de criterio porque los premios ya no son íntegros como antes porque ahora mismo sí se gravan impuestos sobre los premios superiores a 2500 euros. No basta con el 50% de la recaudación, de risa.

2) "El producto que vendemos no es nuestro, no lo compramos para revenderlo.": en teoría, porque en la práctica el Estado participa del producto, por lo tanto se entendería que es un servicio protegido a todos los efectos por el Estado español; por lo tanto sí que sería vuestro pues trabajáis bajo normativa oficial de organismos públicos (entre ellos el más importante la propia Hacienda). Por lo que sí se podrían emitir facturas en representación de la matriz ya que no vendéis las comisiones, vendéis un producto como intermediarios de la matriz. Esto es, la factura reflejaría lo que el cliente ha pagado aunque obviamente en la práctica no sería una factura sino una nota de entrega, talonario de recibos o cualquier documento firmado del tipo "hago constar que..." con los datos necesarios de la operación realizada para su posterior uso legal. No se entiende tanto secretismo para hacer una factura por mucho que esté exenta de IVA y por mucho que con la actual normativa la compra de lotería se considere una donación. Jugosa donación conjunta sobre la que, insisto, te gravan un impuesto si resultas premiado.

3) "El que vende es Selae.": el que vende eres tú, que para eso tienes una licencia con todos los permisos en regla y trabajas bajo toda una serie de condiciones mercantiles. De hecho, en las empresas de juego online sí se pueden recibir de inmediato facturas para poder desgravar a Hacienda (aunque la normativa es sustancialmente distinta. No obstante, vuelvo al mismo tema recurrente ¿si el Estado se queda con el 50% de la recaudación y el 20% del premio, por qué no se puede desgravar un porcentaje de lo jugado al cabo del año? Recordemos que estamos hablando de un producto exento de IVA que no debería tener impuestos o gravámenes de ningún tipo si fuese premiado. La Ley debería ir en ambas direcciones en este caso.

4) "No puedes facturar su venta.": obvio, pero entonces en teoría tampoco podrías justificar tus propias ventas porque no serían ventas, sería darte el dinero por la cara a cambio de un papel con numeritos, y entonces tampoco en teoría podrías tramitar tus propios balances fiscales; por lo tanto si no pudieses justificar una transacción económica no podrías tener una administración respaldada por el Estado español (lo que nos llevaría de nuevo a un auténtico vacío legal porque entonces no queda claro qué está pagando el cliente en cuanto al precio del producto). En este sentido ¿cuánto cuesta una primitiva, 1 euro? ¿En qué parte dice que yo te dé un euro a ti, a SELAE, al Estado o a tu prima si resulta que el Estado de ese euro se cobra el 50% y luego cobra el 20% del premio? ¿Y no se puede realizar una factura con la actual normativa cuando sí se ha de declarar cualquier donación? De risa.

5) "Debe hacerlo Selae": ¿por qué? No te contradigas, no se puede facturar porque no tiene IVA. Punto. Ni tú ni Selae ni Dios consagrado, porque entonces por esa regla de tres al pedir factura en Ikea tendrías que irte a hacer la factura a Suecia, salvando el ejemplo, que nos entendemos todos. ¿Desde cuándo ha de acudir un cliente a la matriz para poder justificar una compra documentalmente? Es como si pones gasolina en la BP y te envían a hacerte la factura a Londres. ¿Hay que ir a comprarte la lotería con un notario?

6) "Es más, tus ventas no son el importe por el que vendes. Esas ventas son de Selae. Tus ventas son tu comision.": una auténtica barbaridad jurídica y mercantil porque no sois franquicias, sois administraciones de loterías y por tanto las ventas siguen siendo ventas aunque luego lo que se cobren sean las comisiones. Por lo tanto seguiría quedando marco legal para poder emitir una factura en representación, aunque no se haga porque aquí en España todo vale con tal de pasarse los derechos de los clientes por el forro. ¡El cliente sí ha de poder tener un documento estandarizado que justificase lo que paga con validez oficial para cualquier tipo de gestión! Una clara discriminación hacia cualquier establecimiento del territorio español entendido como tal cualquier SLU y SA.

Por lo tanto es bastante correcto que alguien diga anteriormente que "se pague con tarjeta como justificante", que se solicite un recibo, una declaración de entrega o cualquier documentación que acreditase la compra, en primer lugar para dar validez legal a las operaciones realizadas, en segundo lugar para prevenir el blanqueo de capitales y en tercer lugar porque ya está bien de que los clientes den dinero gratis para que el Estado se lleve el 50% y encima cobren el 20% de lo premiado. E incluso también se podría argumentar que se pueda solicitar el libro de reclamaciones para que de una vez estandaricen un libro de recibos "oficial" para todas las administraciones de loterías.

Y dejad de publicar respuestas con chorradas.
Permalink Plumer  
04-12-2016 07:52

Cambiamos fctura por albaran y dejamos todo igual asi de facil
Permalink 13  
04-12-2016 11:29

El verdadero problema es que si un autónomo, empresa o entidad REGISTRA la compra de lotería como un GASTO. Luego, en caso de premio tiene que REGISTRAR el INGRESO, con la consiguiente tributación. Aunque la lotería la haya revendido o regalado.

El mejor documento justificativo de un gasto es el producto en si: el decimo. Pero servirá de gasto si no resulta premiado.

Ni SELAE, ni su red venden productos. La Primitiva, como producto, no está en venta. Lo que se vende la red son formas de PARTICIPACIÓN en sus sorteos o concursos.
Dicho esto. Toda transacción de compra-venta es susceptible de ser facturada. ¿Qué es un albarán o certificado de compra?. Una factura sin IVA.
Permalink Facturemos mucho  
04-12-2016 12:53

No tengo tiempo para rebatir todo lo que has escrito pero, sin calificar lo que has escrito como chorradas (como tu haces), te diré para empezar que el hecho de no poder facturar no es por la ausencia de Iva. Se puede facturar sin Iva si el producto/servicio está exento.

El hecho de ser comisionistas no implica que trabajes para otros como tu afirmas. Prestas un servicio vendiendo y pagando y facturas por ello a Selae tu comisión (aunque las facturas las hagan ellos). Es una relación mercantil. Pero insisto, no es tu producto, no existe un documento (factura) donde se refleje que compras tú ese producto). Gestionas su venta y su pago pero quién vende y paga ese producto es Selae.

En nuestros balances contables no se incluyen como ingresos las ventas de Selae, sólo nuestra comisión. Al igual que en el caso de pago de premios no los incluyes como gastos. Esto es, insisto, porque no son tus ventas y no son tus pagos. Quién vende y paga es Selae. Tú solo gestionas.

Por otro lado, haces referencia al portentaje que se queda Selae por la venta de sus juegos, que si el 20% del impuesto por pago de premios, etc que no sé muy bien que tienen que ver aquí.

Podrías haberme convencido con tus argumentos pero no ha sido así. Quizás porque no te has explicado bien o, simplemente, porque no llevas razón. Me parece genial que tengas tu punto de vista y lo respeto. Estaría bien, que se empezará a hacer lo mismo en este foro.
Permalink Admon  
04-12-2016 13:19

admon, tú dedícate a cobrar y a callar
Permalink entendido  
04-12-2016 17:25

Gracias a '13' y 'facturemos mucho' porque sí han entendido el concepto de forma concisa, breve y precisa
Permalink entendido  
04-12-2016 17:28

mmmmm lo que dice el plumer tiene razón tiene que haber una forma coordinada y un albaran oficial de selae para estos casos
Permalink anti-maqui  
04-12-2016 17:31

Para @admon "tú solo gestionas"... Necesita usted aclarar varios conceptos, por favor cambie de asesores o bien recíclese:

http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/_Segmentos_/Empresas_y_profesionales/Empresas/IVA/Obligaciones_de_facturacion/Obligaciones_de_facturacion.shtml
Permalink Reciclaje obligatorio  
04-12-2016 17:50

No sé a que conceptos se refiere usted. Gestionas un punto de venta, prestas un servicio, facturas a Selae por ello y cobras tus comisiones.

Quizás deba usted, aparte de poner links, leerse el contrato con selae. Seguro le será productivo.
Permalink Admon  
04-12-2016 20:51

Todos los años por estas fechas estamos con la misma historia de las facturas si o no.Yo pregunté en delegación y después de ni sé cuántas llamadas(Madrid incluido) me contestaron que yo no podía hacer factura, pero que si el comprador quería, LAE emitía un certificado de compra,"que no factura", pero exclusivamente a quien fuera empresario o profesional.
Necesario:cif o dni,nombre de empresa, dirección, número adquirido, series, fracciones, datos de la administración donde se adquirieron los décimos, día......, enviarlo a SELAE y ya.

Mis dudas, porqué a un particular no? Para qué sirve ese certificado? Si quieren certificado de una apuesta de primitiva, 1x2, gordo primitiva......también se lo expiden?
Para que sirve que en los décimos y en los resguardos de todos los juegos venga el precio de venta? No son el mejor justificante? Certificado,ticket de caja,factura, etc.

Que nos lo digan bien clarito y por escrito si estamos obligados a dar algo, yo no me niego, pero que saquen una norma.
Permalink Pedro  
04-12-2016 21:29

Pues en el link anterior de la Agencia Tritutaria queda bien claro que sin IVA no es obligatorio hacer factura. La solución sería el albarán, recibo sellado o documento acreditativo.
Permalink lo dice ahí mismo  
04-12-2016 23:19

Pagar con tarjeta es lo mejor, hay triple soporte: bancario, resguardos para cliente/vendedor e incluso SMS telefónico.
Permalink No problemo  
04-12-2016 23:21

"No tengo tiempo para rebatir todo lo que has escrito pero, sin calificar lo que has escrito como chorradas (como tu haces), te diré para empezar que el hecho de no poder facturar no es por la ausencia de Iva. Se puede facturar sin Iva si el producto/servicio está exento."

Los hay que no aprenden ni aunque se lo enseñen.

"El hecho de ser comisionistas no implica que trabajes para otros como tu afirmas. Prestas un servicio vendiendo y pagando y facturas por ello a Selae tu comisión (aunque las facturas las hagan ellos). Es una relación mercantil. Pero insisto, no es tu producto, no existe un documento (factura) donde se refleje que compras tú ese producto). Gestionas su venta y su pago pero quién vende y paga ese producto es Selae."

Definiendo el negocio más opaco de la España moderna.

"En nuestros balances contables no se incluyen como ingresos las ventas de Selae, sólo nuestra comisión. Al igual que en el caso de pago de premios no los incluyes como gastos. Esto es, insisto, porque no son tus ventas y no son tus pagos. Quién vende y paga es Selae. Tú solo gestionas."

Dicho de esa manera, cualquier día se convocan oposiciones.

"Por otro lado, haces referencia al portentaje que se queda Selae por la venta de sus juegos, que si el 20% del impuesto por pago de premios, etc que no sé muy bien que tienen que ver aquí."

Tiene que ver porque está aplicando un impuesto de manera arbitraria a un premio derivado de una DONACIÓN, porque con la Ley en la mano los pagos de los clientes son a todos los efectos contables INEXISTENTES, por lo tanto incomputables. Dicho de otra manera, de nuevo un modelo muy opaco que reconoce abiertamente que no da facturas, no justifica los ingresos y que favorece a tope la circulación del dinero no computable (y encima tienen los santos huevos de poner el límite de pago en 2500 en efectivo, de auténtica coña).

"Podrías haberme convencido con tus argumentos pero no ha sido así. Quizás porque no te has explicado bien o, simplemente, porque no llevas razón. Me parece genial que tengas tu punto de vista y lo respeto. Estaría bien, que se empezará a hacer lo mismo en este foro."

O simplemente porque no entiendas el fondo del asunto o porque tengas unos huevos tan grandes que no te quepan en el búnker.

"Permalink Admon
04-12-2016 13:19"
Permalink Plumer  
05-12-2016 10:15

Plumer que entiendes por negocio opaco.
Permalink ...  
05-12-2016 10:37

Yo no he dicho en ningún momento que sea un negocio opaco, pero es tal la cantidad de barbaridades que se sueltan en este foro que ya da auténtica lástima:

- "Se venda un producto que no es suyo".
- Se venda un producto exento de IVA (aquí falta el Maqui diciendo que jugarse el dinero es gratis, pero comprar pan o pañales tiene IVA, le hubiera venido como anillo al dedo).
- Se venda un producto difícil de encajar en el PGC (salvo metiéndolo en el 629 de gastos no deducibles con el consiguiente descuadre).
- Se venda un producto fiscalmente no deducible.
- Se venda un producto exento de factura.
- No haya un justificante standard de pago.
- Se cobren comisiones de dichas ventas.
- Se cobren comisiones de dichos premios.
- Se destine para juegos sólo el 50%, ¿por qué?
- ¡Se imponga un impuesto del 20% sobre el premio!
- "Yo sólo gestiono", (la mejor frase).

¿Eso es un negocio completamente transparente?
Permalink Plumer  
05-12-2016 10:59

Plumer tan transparente que esta controlado y sujeto a un ente publico te guste o no , al contrario de otros modos de funcionamiento que dejan noticias muy a menudo.
Permalink 13  
05-12-2016 12:43

Cuanto tonto ignorante.

La lotería al igual que otros productos como el oro, transferencias de dinero, etc no está cargado con iva.

El iva es de la comisión que ganamos vendiendo.

Lo dicho, unos chulos ignorantes
Permalink iros al hoax  
05-12-2016 15:19

@iros al hoax... ¿y quién ha dicho que sí tenga IVA?

ERES MÁS BOBO QUE VOTAR A PODEMOS.
Permalink PANTUFLO  
05-12-2016 15:31

Lo dicho, un negocio redondo: recaudas pasta, repartes el 50%, pagas buenos sueldazos a los de siempre, incautas el 20% del premio al pobre pardillo con suerte, no se deduce, no se da factura y venga p'alante. Y encima un gremio desunido y con una educación fácilmente contrastable en estos foros. Echo de menos la cagada de la "Laura", o los comentarios de los putos trolls enfermos, ya que aquí no se puede hablar de nada serio.
Permalink mierdae  
05-12-2016 15:38

PANTUFLO

No eres más tonto porque te has tragado la zapatilla y ya no das para más.

Una factura, factura de compra o factura comercial, es un documento mercantil que refleja toda la información de una operación de compraventa. La información fundamental que aparece en una factura debe reflejar la entrega de un producto o la provisión de un servicio, junto a la fecha de devengo, además de indicar la cantidad a pagar en relación a existencias, bienes de una empresa para su venta en eso ordinario de la explotación, o bien para su transformación o incorporación al proceso productivo, además de indicar el tipo de Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que se debe aplicar.

Si es factura tiene que llevar IVA, porque la factura es un documento sinedie fiscalizable.

Sino lleva iva tienes que sustituirlo por un ticket o un albarán o un recibo

Lo dicho una panda de ignorantes y encima te intentan hacer un owned pero les sale el tiro por la culata.

Culata que tienen al rojo vivo de tanto meterse un basto por ella
Permalink Lo dicho, a hoax  
05-12-2016 15:53

¡¡ERES UNA GROSERA!!!! Lávate la boca guarra¡¡ Te lo digo desde el cariño.
Permalink pantuflo  
05-12-2016 16:49

Veamos...

"Que no se haga factura en la adquisición de Loteria es porque no tiene IVA...
...Los hay que no aprenden ni aunque se lo enseñen."

"Pues en el link anterior de la Agencia Tritutaria queda bien claro que sin IVA no es obligatorio hacer factura. La solución sería el albarán, recibo sellado o documento acreditativo"

_______________________


No es cierto. Efectivamente pone que no es obligatorio facturar en caso de operaciones exentas de Iva y en otros 3 supuestos pero, en el párrafo siguiente pone:

"No obstante, deberá expedirse factura en los cuatro supuestos citados cuando el destinatario sea un empresario o profesional o un particular lo exija para ejercer un derecho de naturaleza tributaria"

Artículo 3 del Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre.
Última actualización: Real Decreto 1073/2014, de 19 de diciembre (BOE del 20)


No podemos facturar porque es Selae quien vende, no nosotros. No tiene nada que ver con el Iva.


Amigo Plumer, ¿Vas a catalogar lo que has escrito como chorradas, como tú has hecho? Yo sólo diré que te has equivocado. Disculpas aceptadas!
Permalink Admon  
05-12-2016 20:11

Plumer deja de verter mierda a nuestro colectivo.
En este foro la única que puede repartir mierda soy yo, y el cupo diario ya está cubierto. Mañana vuelvo y ya verás, la voy a fabricar solo para ti.
Permalink Laura  
05-12-2016 20:31

Sin facturas y a lo loco, que hay blanquear como sea.
-- mode ironic off --
Permalink nos ha jodio  
05-12-2016 22:50

Cuando venga la privatización más de uno se cagará vivo.
Permalink nostradamus  
05-12-2016 22:54

Y vosotros preocupados por facturitas o albarenes, como niños discutiendo por pipas o piruletas:

"La siguiente en el ránking es Inmaculada García: 187.863,56 euros brutos al año. Su sueldo es la suma de la retribución de los dos presidentes que tuvo Loterías y Apuestas del Estado (Selae) en 2013. Hasta agosto de ese año, estuvo dirigida por José Miguel Martínez, muy cercano a Cristóbal Montoro, y que abandonó la empresa tras sus malos resultados después de embolsarse ese año 148.479,34 euros brutos. Le sustituyó García, desde entonces máxima responsable de una empresa que, pese a la caída de la recaudación, gana la friolera de 1.766 millones al año. Licenciada en Ciencias Económicas, es inspectora de Hacienda desde 1988. Entre agosto y diciembre de 2013, cobró 39.384,22 euros brutos."

http://www.eldiario.es/economia/directivos-empresarial-reparten-millones-sueldos_0_346465873.html

El Willy Fog de la película se hubiera quedado tonto:

http://www.eldiario.es/politica/Loterias_del_Estado-viajes-sindicatos-denuncias-despilfarro_0_517248425.html
Permalink jajajajajajjaajajaja  
05-12-2016 23:08

WTF?
Permalink +++++++++++++++++++++++  
06-12-2016 18:35

Este tema está cerrado. No se aceptan más respuestas

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